En esta nota que escribí y fue publicada en MDZ Online analizo un crimen vecinal ocurrido en La Plata que expone una problemática central de nuestra época: cuando el Estado se retira, la violencia ocupa su lugar, debilitando la convivencia y empujando a los ciudadanos a resolver solos conflictos que deberían prevenirse institucionalmente.
El eje central del texto no es justificar la violencia, sino explicar por qué ocurre cuando el Estado deja de cumplir su función esencial: evitar que los ciudadanos hagan justicia por mano propia. El Derecho Penal no existe sólo para castigar, sino para prevenir la violencia privada. Cuando la ley se percibe lejana, las denuncias no avanzan y la respuesta estatal no llega, la violencia deja de ser una excepción y pasa a convertirse en una consecuencia.
La nota también pone el foco en un fenómeno menos mencionado pero igual de grave: la erosión del pacto básico de convivencia. La pérdida del respeto por el otro, el uso egoísta del espacio común y la normalización del conflicto permanente generan un caldo de cultivo donde discusiones previsibles escalan sin contención ni mediación.
En ese contexto, abordo la figura de la emoción violenta, prevista en el artículo 81 del Código Penal. No como un “maquillaje jurídico”, sino como una categoría que reconoce que personas comunes pueden verse superadas emocionalmente por un entorno hostil, sin respuestas institucionales y con conflictos acumulados. No se trata de criminales profesionales, sino de ciudadanos que sienten —erróneamente, pero de forma cada vez más extendida— que cumplir la ley ya no garantiza vivir en paz.
Este caso no es una justificación de la violencia, sino una advertencia social y jurídica: cuando el Estado se retira, la violencia ocupa su lugar, y el Derecho Penal deja de cumplir su función preventiva esencial.
Leé la nota completa en MDZ Online:
https://www.mdzol.com/policiales/cuando-el-estado-se-retira-la-violencia-ocupa-su-lugar-n1428748
Nota aclaratoria
Este contenido es de carácter informativo y educativo. No constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta profesional personalizada. Cada caso requiere un análisis específico.
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